Nuevo revés judicial para el Gobierno
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la medida cautelar que suspende la reforma laboral del DNU 70/2023 del presidente Javier Milei.
El recurso judicial de amparo presentado por la Asociación del Personal Aeronáutico (APA) logra que la Justicia ratifique la suspensión de la aplicabilidad de lo dispuesto sobre materia laboral en el Título IV del “Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Desregulación Económica 70/2023″.
La Sala de Feria de la Cámara rechaza la apelación del gobierno nacional contra la medida preventiva y reitera el criterio empleado en otras causas, en las que también rechazó el planteo de incompetencia del fuero y la decisión de habilitar el receso judicial de enero para tramitar la causa, según informó la agencia Télam.
El Ejecutivo expone en su recurso de apelación que el principal gremio aeronáutico busca impugnar un DNU “dictado conforme los lineamientos y prescripciones del artículo 99, incisos 1, 2 y 3 de la Constitución Nacional, a los efectos de intentar corregir los profundos desequilibrios imperantes que hacen a la urgencia y necesidad de la medida”. Se argumenta que, al ser una cuestión de “derecho público”, el tratamiento judicial de la misma “es de resorte exclusivo de la Cámara Contencioso Administrativo Federal” y que la medida cautelar fue dictada violando instancias que aseguran mayor información y elementos de evaluación.
Además, la administración libertaria remarca que el objeto del DNU es “revindicar derechos civiles como el derecho de trabajar y de ejercer toda industria lícita” y que “promueve una integral protección, con normas que abogan por fomentar y aumentar el empleo y antepone la voluntad del trabajador por sobre la voluntad de sus representantes”.
La Sala de Feria de la Cámara señala que las medidas cautelares que tengan la tutela de estos derechos laborales “podrán tramitar y decidirse sin informe previo de la demandada”, ya que “resulta indiscutible” que la acción de APA “involucra los intereses, derechos y garantías de sectores socialmente vulnerables y los derechos fundamentales de las personas que trabajan”.
Los camaristas Mario Fera y Héctor Guisado recuerdan que a principios de la feria judicial de enero se tomaron resoluciones similares en causas promovidas por la Confederación General del Trabajo de la República Argentina (CGT) y la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA).
Reforma laboral, sin efecto
Las medidas cautelares presentadas por las centrales sindicales y diferentes gremios en contra de las leyes laborales del DNU presidencial también habían sido apeladas por el Gobierno, pero hasta el momento las instancias superiores de la Justicia “desestimaron” los argumentos del Ejecutivo al respecto.
Las entidades gremiales consideran que el DNU 70/2023 afecta “los derechos y garantías constitucionales” en materia laboral que rigen en el país, entre otros aspectos, en favor de los trabajadores y su representación sindical.
La Cámara del Trabajo revoca la apelación del Gobierno al amparo de la CGT por un error formal que deja sin efecto la apelación presentada por el Gobierno, que buscaba llegar a la Corte Suprema en el expediente iniciado por la CGT contra el capítulo laboral del DNU.
Según la notificación de la cámara laboral, la abogada Carolina Soledad Maidana “no acompaña los instrumentos idóneos para acreditar la representación que dice investir y tampoco se invoca imposibilidad alguna de presentarlos”.
La magistrada de primera instancia Liliana Rodríguez Fernández declara “la invalidez de los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97 del DNU 70/2024 en el marco de este juicio de amparo y de las circunstancias fácticas vigentes”. Al mismo tiempo, la magistrada evalúa que no está “debidamente justificada” la necesidad y la urgencia de la reforma planteada en un decreto de ese tipo.